DOCUMENTO: Declaración de Santiago CELAC-UE (hace referencia a la ley Helms-Burton)
6. Rechazamos firmemente todas las medidas coercitivas de carácter unilateral con efecto extraterritorial que son contrarias al derecho internacional y las normas comúnmente aceptadas de libre comercio. Estamos de acuerdo en que este tipo de práctica representa una grave amenaza al multilateralismo. En este contexto y con referencia a la resolución de la Asamblea General A/RES/67/4, reafirmamos nuestras posiciones bien conocidas sobre la aplicación de las disposiciones extraterritoriales de la ley Helms-Burton. (DECLARACION DE SANTIAGO. CELAC-UE. 12 pgs.)

